Info Las Palmas de Gran canaria

Archivada la causa contra Drag Sethlas y se obliga a la iglesia a pagar

La Audiencia Provincial ha desestimado definitivamente el recurso interpuesto por la Asociación de Abogados Cristianos contra la decición del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, que el 11 de diciembre de 2017 acordó el sobreseimiento y archivo de la denuncia de este colectivo contra Borja Casillas más conocido como Drag Sethlas. Sería de esperar que la asociación de abogados cristianos, abonen las costas de todos estos recursos que nunca deberían haber llegado al juzgado, y no sean los ciudadanos o el estado el que corra con los gastos.

La Sala condena a la Asociación de Abogados Cristianos a pagar las costas generadas por el trámite de apelación, declarando de oficio las de la primera instancia. Una denuncia que nunca debería haber llegado a los juzgados canarios, y que ahora los ciudadanos o el estado el que tiene que hacerse cargo de los gastos de la primera instancia. El Tribunal, la Sección Primera de la Audiencia, se apoya en el argumento que ya había presidido la respuesta del Ministerio Fiscal en su momento, y que había hecho suyo el Juzgado de instancia: «tener presente» el ámbito temporal y espacial en el que se desarrolla la acción denunciada, la Gala Drag Queen del Carnaval de Las Palmas de Gran Canaria.

El magistrado Pedro Herrera justificó esta decisión en consenso con sus compañeros de Tribunal, declarando que, «en el Carnaval se combinan diferentes ingredientes como disfraces, murgas, cabalgatas, bailes y fiestas en la calle, y especialmente las galas de elección de las reinas del carnaval y la gala Drag Queen que se ha ido afianzando y consolidando como la más original, con una gran repercusión mediática a internacional».

LA AUDIENCIA RATIFICA «EN EL CARNAVAL PRIMA LA PERMISIVIDAD»

El Carnaval se desarrolla en un periodo festivo, en el que prima la permisividad y el jolgorio, se dejan a un lado por un corto espacio de tiempo los esquemas habituales y reglas de conducta que rigen nuestro quehacer cotidiano. Se caracteriza además tal espectáculo por su naturaleza transgresora, por su tolerancia y apertura con la temática y por su exagerada y atrevida puesta en escena. En este contexto no cabe buscar afrentas ni conductas ofensivas, sino más bien conductas arriesgadas y osadas y, en cierto modo, agitadoras, como así fue la que escenificó el denunciado en su papel de Drag Sethlas, quien apoyó su interpretación en la simbología y oraciones católicas. Utilizó a su manera, en sus llamativos y peculiares disfraces, la figura de Jesucristo crucificado y la de la Virgen María en un paso procesional con personas vestidas de nazarenos.

A juicio de la Audiencia, lo que en definitiva hizo Sethlas fue tomar como referencia imágenes, ceremonias y concretos actos conectados con la religión católica, mezclado todo ello con baile y música y con el sentido provocador y transgresor que caracteriza a esa gala y en modo alguno cabe de su conjunto deducir que el actor haya cuestionado los dogmas y ritos de esa concreta confesión, ni que haya ofendido los sentimientos religiosos.

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