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381 plazas de estacionamiento para residentes de Arenales y Alcaravaneras en Las Palmas de G. C.

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria pondrá en funcionamiento a finales de mayo un total de 381 plazas de estacionamiento para residentes tanto en este barrio como en Alcaravaneras

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria informa que los vecinos del barrio de Arenales y Alcaravaneras podrán inscribirse en el Sistema de Residente para la primera Zona Verde de la capital grancanaria a partir de hoy lunes, 16 de abril, espacio específico destinado a proporcionar una preferencia en el aparcamiento para los vecinos residentes en áreas de gran demanda de aparcamiento y que entrará en funcionamiento a finales de mayo.

Esta nueva zona estará regulada por parquímetros y marcada con pintura verde sobre el asfalto, otorgando el uso preferente a los ciudadanos que puedan acreditar su condición de residentes en las calles delimitadas, si bien estos estacionamientos también podrán ser ocupados por el resto de conductores por un tiempo máximo limitado.

El área de Arenales (Canalejas) contará con 262 plazas, que se englobarán las calles Tomás Morales, Senador Castillo Olivares, Canalejas, Perojo, Cebrián, Murga, Obispo Rabadán, Carmen Llopis, Doctor Waskman y Plaza de la Feria.

En cuanto al barrio de Alcaravaneras, el Consistorio capitalino fijará un total de 119 espacios de estacionamiento “verde” entre las calles Concepción Arenal, Más de Gaminde, Pío XII, Galicia, Manuel González Martín, Ingeniero Salinas, Italia, Víctor Hugo y Barcelona.

Para registrarse como residente en el sistema de preferencia de aparcamiento en Zonas Verdes no hará falta rellenar ni un solo documento físico ni personarse en ninguna dependencia municipal. Desde la web www.sagulpa.com podrá realizarse todos los trámites y en 48 horas ya estará concedida o denegada la solicitud, en función de si reúne los requisitos el vecino solicitante.

En cualquier caso, el Consistorio facilitará también los trámites de registro en las Oficina de Atención Ciudadana de las Oficinas Municipales -en la calle León y Castillo nº 270- de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas y por la tarde los jueves de 16:30 a 19:30 horas. También se podrá llamar al teléfono 928-366-199, en horario de lunes a viernes, no festivos, de 09:00 a 14:00 horas.

Para el residente que sea titular de un derecho real de uso de un vehículo mediante leasing o renting, o sea conductor habitual, deberá aportar la documentación que acredite esta condición y realizar las gestiones de modo presencial en las Oficinas de Sagulpa (Calle Cebrián, nº 64, 1º) de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.

Condiciones y requisitos
El horario de funcionamiento de la Zona Verde será de lunes a viernes entre las 09:00 a las 20:00 horas, quedando sin servicio los sábados, domingos y festivos. Además contará, para los residentes, con una tarifa única de 0,60 euros por 24 horas efectivas, es decir, 2,5 céntimos por hora de estacionamiento. Sin embargo, como medida de protección de esas plazas de estacionamiento como modo preferente para los vecinos residentes, el resto de usuarios podrán sólo podrán usar estos estacionamientos un máximo de una hora y por un precio de 0,70 euros.

Tiene como ventaja que en las horas de la noche, de los festivos y de los fines de semana no se computan a efectos de restricción horaria en el ticket de zona verde obtenido. Es decir, si aparca un martes a las 16:00 horas, el ticket de zona verde le será válido hasta el miércoles a las 16:00 horas, sólo por 0,60 euros. Si aparca un viernes a las 18:00 horas, será válido hasta el lunes a las 18:00 horas.

Los ciudadanos que quieran obtener la condición de residente autorizado para poder hacer uso de la Zona Verde deberán cumplir los siguientes requisitos: ser persona física, estar empadronado en el área de influencia de la zona verde que se señalará con antelación y que el domicilio de empadronamiento coincida con el que consta tanto en el DNI como en el permiso de conducir.

También se requiere como condición ser propietario del vehículo que quiera autorizar, tal y como consta en el permiso de circulación expedido por la Jefatura de Tráfico. Si no es el propietario del vehículo pero sí su conductor habitual deberá constar como tal en el registro de conductores e infractores, en la póliza de seguro obligatorio o ser titular de un derecho real de uso del vehículo mediante leasing o renting –en este último caso, el domicilio del permiso de circulación podrá estar a nombre del titular o empresa financiera–.

Fuente: canariasactual.com

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